Aspectos clave sobre la Notificación de Planos Especiales de Servidumbre en el Marco de la Ley General de Servicios Eléctricos

En el ámbito de las concesiones y servidumbres eléctricas en Chile, la correcta notificación de los Planos Especiales de Servidumbre es un paso fundamental para asegurar el cumplimiento de la Ley General de Servicios Eléctricos (DFL Nº 1, 1982) y los intereses tanto de las empresas concesionarias como de los propietarios de los terrenos afectados.

FELVAL S.A., con 18 años de experiencia en la gestión de Concesiones y Servidumbres Eléctricas, ha asistido a numerosos clientes en cada una de las etapas de estos complejos procedimientos. En este sentido, hoy me gustaría recordarles que no pierdan de vista dos artículos clave de la Ley General de Servicios Eléctricos que son esenciales para comprender las obligaciones y derechos asociados a los procesos de concesión: los artículos 53 y 54, relacionados con limitaciones de los peticionarios en la elaboración de sus proyectos, lo que tiene directa relación con la aprobación o no de los Planos Especiales de Servidumbre en la SEC, las notificaciones a los propietarios de terrenos, y uno de los aspectos más importantes: “LA IRRECUPERABLE PÉRDIDA DE TIEMPO SI ESTE CONOCIMIENTO Y EXPERIENCIA NO EXISTE”

Notificación de los Planos Especiales de Servidumbre

Cuando una empresa solicita una concesión eléctrica que requiere el establecimiento de servidumbres, uno de los aspectos cruciales es la elaboración de los Planos Especiales de Servidumbre, los cuales deben ser presentados y aprobados por la autoridad competente (SEC). Estos planos detallan la localización y extensión de las obras que afectarán propiedades privadas o públicas.

Es importante señalar que, según el reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, una vez aprobados dichos planos, debe iniciarse un proceso de notificación a los propietarios de los terrenos afectados. La notificación formal es un acto que tiene implicancias legales significativas, ya que asegura que los dueños conozcan de antemano al alcance de la servidumbre a imponer, permitiéndoles hacer valer su derecho a oponerse si tuviere interés y el peticionario no hubiere considerado debidamente las limitaciones impuestas por ley en la elaboración de su trazado.

La Ley General de Servicios Eléctricos estipula que la empresa peticionaria deberá notificar a los propietarios de los predios afectados, adjuntando los Planos Especiales de Servidumbre debidamente aprobados por la autoridad pertinente (SEC). Esta notificación debe ser personal, y solo en casos excepcionales se permite la notificación por avisos en diarios de circulación nacional. El objetivo de este requisito es dar total transparencia al proceso y asegurar que los propietarios tengan conocimiento pleno de las obras y de los derechos que les asisten.

En mi experiencia, uno de los desafíos que enfrentan las empresas concesionarias es cumplir con los plazos y las formas correctas de notificación, ya que cualquier omisión o irregularidad puede retrasar el inicio de los trabajos e incluso generar conflictos con los propietarios.

FELVAL S.A. ha asistido a sus clientes en esta etapa crítica, asegurando que todas las notificaciones se realicen conforme a la ley, eliminando riesgos y retrasos.

En FELVAL S.A., hemos trabajado incansablemente durante 18 años para asegurar que nuestros clientes puedan obtener y gestionar sus concesiones y servidumbres eléctricas de manera eficiente y conforme a la normativa vigente. Nuestro equipo de expertos se encarga de cada detalle, desde la elaboración de los Planos Especiales de Servidumbre, pasando por la notificación a los propietarios, hasta la inscripción de las servidumbres en el Registro de Propiedad (Esto último es opcional, pero tengo mi opinión al respecto).

Gracias a nuestra experiencia, hemos ayudado a empresas concesionarias a ejecutar sus proyectos sin contratiempos legales, y éstos y a propietarios de predios a recibir una justa compensación por el gravamen en sus terrenos. Estamos comprometidos en garantizar un proceso transparente, eficiente y ajustado a la normativa.

Claudio Alarcón Arriagada

Abogado/Ingeniero/Auditor

Gerente General de Felval S.A.

www.felval.cl

FELVAL S.A.

18 años de experiencia en Concesiones y Servidumbres eléctricas

En FELVAL S.A., nos enorgullece contar con 18 años de trayectoria en la industria, brindando soluciones integrales en Ingeniería, Concesiones & Servidumbres Eléctricas. Nuestro compromiso con la excelencia y la innovación nos ha posicionado como líderes en el sector, garantizando la calidad y la eficiencia en cada uno de nuestros proyectos.