El Plano Especial de Servidumbres (PES). Aspectos generales a saber en su confección.

El Plano Especial de Servidumbres (PES), contemplado en la Ley General de Servicios Eléctricos de Chile, es un instrumento crucial para la planificación, desarrollo y ejecución de proyectos de infraestructura eléctrica en el país.

Este plano tiene como objetivo mostrar de manera precisa las áreas específicas donde se establecerán servidumbres, permitiendo a las empresas eléctricas instalar, mantener y operar líneas de transmisión, subestaciones y otras instalaciones necesarias para el suministro eléctrico.

El desarrollo de un Plano Especial de Servidumbres es un proceso detallado y técnico que involucra la identificación previa de los terrenos afectados, y la definición de los límites exactos de todas las servidumbres.

Este plano se convierte en un documento legal que acompaña a la concesión eléctrica, sirviendo como referencia para todas las partes involucradas, incluyendo las empresas eléctricas, los propietarios de los terrenos y las autoridades regulatorias.

Una de las principales funciones del Plano Especial de Servidumbres es garantizar la claridad y la transparencia en la relación entre las empresas eléctricas y los propietarios de los terrenos afectados. Al establecer de manera explícita las áreas sujetas a servidumbre, se evita la ambigüedad y se asegura que todas las partes comprendan los alcances y las limitaciones de la servidumbre. Esto es especialmente importante en un contexto donde los derechos de propiedad y el uso de la tierra pueden generar conflictos si no se manejan adecuadamente.

Además, el plano facilita la comprensión de la coexistencia con otras infraestructuras existentes o planificadas, como carreteras, ductos o redes de telecomunicaciones, asegurando que las servidumbres eléctricas no interfieran con otros gravámenes de la propiedad.

La elaboración del Plano Especial de Servidumbres requiere la participación de profesionales capacitados en diversas disciplinas, como la ingeniería eléctrica y el derecho. Una vez completado, el plano debe ser aprobado por la SEC en el proceso de “Examen de Admisibilidad” de la Solicitud de Concesión Eléctrica Definitiva. Solo luego de aquello este “PES” estará en condiciones de ser notificado a los propietarios afectados, proceso este último (notificación) del que hablaré en futuras publicaciones.

La elaboración del Plano Especial de Servidumbres es obligatorio para las empresas eléctricas, que deben respetar las especificaciones y limitaciones establecidas en el documento una vez que dicho PES superó las etapas de admisibilidad en la SEC e impugnación por parte de interesados o afectados.

En efecto, los propietarios de los terrenos afectados deben a ser informados de las afectaciones que contempla el PES y por las cuales deben recibir una compensación por la servidumbre impuesta sobre su propiedad.

En resumen, el Plano Especial de Servidumbres es un componente esencial en el marco regulatorio del sector eléctrico en Chile. A través de este instrumento, se garantiza que las servidumbres necesarias para el desarrollo de proyectos energéticos se establezcan de manera ordenada y transparente, protegiendo los derechos de los propietarios de los terrenos y asegurando que el desarrollo de la infraestructura eléctrica se realice ajustada a derecho.

 

Claudio Alarcón Arriagada

Abogado/Ingeniero/Auditor

Gerente General de Felval S.A

www.felval.cl

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