¿Y SI CAMBIAN LAS CONDICIONES DEL PREDIO AFECTADO LUEGO DE QUE INGRESÉ MI SOLICITUD DE CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA?

¿QUE TAN GRAVE ES?

¿COMO RESOLVEMOS EL PROBLEMA QUE SE NOS VIENE ENCIMA CUANDO LAS CARÁCTERÍSTICAS DE UN PREDIO CAMBIAN LUEGO DE DECLARADA ADMISIBLE MI SOLICITUD DE CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA?

 

Las condiciones de algún predio que afectaremos con las obras nuevas de nuestro proyecto pueden variar en cualquier tiempo luego de ingresada la Solicitud de Concesión Eléctrica Definitiva.

Equivocar la solución por ignorancia es un pésimo escenario.

Y como ya hemos dicho antes, afirmar que la solución está descrita en la Ley General de Servicios o en su reglamento es confirmar que no se tiene competencias para tramitar un Expediente Concesional.

En nuestros 18 años de experiencia gestionando “Concesiones Eléctricas” hemos constatado que aquello sucede y muy a menudo, pues se tiene la errónea creencia que un Estudio Jurídico debiera poder resolverlo con la sola lectura del Marco Jurídico.

 DE LA CERTEZA JURÍDICA QUE OTORGA LA LEGISLACIÓN ELÉCTRICA RESPECTO A LAS VARIACIONES EN LAS CONDICIONES ACTUALES DEL PREDIO AFECTADO.

El reglamento de la ley general de servicios eléctricos establece para certeza de los desarrolladores de proyectos un tiempo luego del cual quedan fijas las “condiciones actuales” de los predios que serán afectos por las servidumbres que se busca imponer mediante decreto de concesión eléctrica definitiva.

Señala que se consideran como “condiciones actuales” aquellas que existían a los 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de concesión eléctrica definitiva.

Esta especie de “fotografía” de las condiciones del predio que ha establecido el legislador permitiría a los solicitantes de una concesión eléctrica definitiva desarrollar sus proyectos con total seguridad.

¿Será esto cierto?

¿Siempre quedan nuestros clientes a cubierto de cualquier cambio ocurrido con posterioridad a los 6 meses previos a la presentación de la solicitud de concesión eléctrica definitiva?

A modo de ejemplo, podrían ustedes preguntarse:

Y si lo que cambia es la Naturaleza Jurídica del predio, ¿estamos igualmente convencidos de que no tendremos que hacer cosa alguna en nuestro expediente concesional?

No los atormentaré con la respuesta técnica a estas preguntas, pero les dejo invitados a tomar las mejores decisiones para el óptimo desarrollo de sus proyectos.

Asesórense bien, pidan experiencia práctica y no menos de unos 30 decretos de Concesión Eléctrica Definitiva tramitados. Es mucho dinero el que está involucrado en los proyectos.

 

Andrea Morales Vega

Abogada

Project Manager en FELVAL CONCESIONES ELÉCTRICAS, una empresa con 18 años de experiencia gestionando Ingeniería y Concesiones Eléctricas

FELVAL S.A.

18 años de experiencia en Concesiones & Servidumbres Eléctricas