🔌 Infraestructura Eléctrica Subterránea: Lecciones de Europa y en Chile un giro legislativo en marcha.

El debate sobre el soterramiento de redes eléctricas existe en Chile, impulsado por el desorden del cableado urbano, exigencias ambientales y un proyecto de ley significativo en tramitación.

Chile: permisividad hoy, obligación en ciernes

  • Situación actual: No existe una obligación nacional general que imponga el soterramiento de líneas eléctricas. La Ley General de Servicios Eléctricos (DFL N° 4/2007, Ministerio de Economía) y el RPTD N°13/03 de la SEC regulan condiciones técnicas para tendidos subterráneos en distribución, sin imponer jerarquía frente a redes aéreas.
  • Ordenanzas municipales: Algunas comunas han restringido tendidos aéreos en ciertas zonas urbanas conforme a su competencia en urbanismo), pero estas no pueden contradecir normas nacionales o derechos de concesión.
  • Proyecto de ley: Ingresado el 1 de octubre de 2024, propone la obligatoriedad de soterrar cables eléctricos y de telecomunicaciones en todo el territorio. Las empresas (concesionarias y prestadoras) tendrían plazos de 4 años en zonas urbanas de alta densidad y 10 años en zonas rurales; también aplica a nuevos trazados.

Comparación internacional

  • Alemania: El soterramiento es la regla general para nuevos trazados, con línea aérea solo en casos excepcionales —lo que incrementa costos pero mejora aceptación social—.
  • Países Bajos: En baja y media tensión urbanas, el soterramiento es estándar consolidado.
  • Reino Unido: Solo el ~17 % del cableado está subterráneo; la prioridad es estética y patrimonial, aplicándose en zonas protegidas.

Estrategia que sugiero para Chile:

  • Articular criterios técnicos, urbanísticos y estéticos para definir cuándo soterrar.
  • Establecer zonas prioritarias (públicas, histórico‑patrimoniales, turísticas) con implementación gradual.
  • El proyecto ya impide el traspaso de costos al usuario —una salvaguardia relevante desde lo normativo.
  • Aprender no solo de las leyes europeas, sino de su ejecución, planificación presupuestaria y financiamiento público‑privado.

Hoy, en Chile, el soterramiento es facultativo. Pero el proyecto en tramitación plantea una obligación clara, con plazos, sanciones y sin carga tarifaria al usuario. Esto representa un giro regulatorio potencialmente significativo, siempre que se implemente de forma técnica y financieramente viable.

 

Claudio Alarcón Arriagada
Abogado · Ingeniero · Auditor
Gerente General – FELVAL S.A.
www.felval.cl

Con 19 años de experiencia en Concesiones y Servidumbres Eléctricas, en FELVAL combinamos derecho, ingeniería y estrategia territorial para dar viabilidad jurídica a proyectos de infraestructura energética en todo Chile.