Las subestaciones eléctricas, y otras instalaciones, no requieren un permiso de obra otorgado por la DOM.

¿Qué Hacer Cuando una DOM Excede sus Atribuciones? La Clave está en la DDU 218/2009”

En Chile, las Direcciones de Obras Municipales (DOM) tienen un rol crucial en la regulación de proyectos de construcción. Sin embargo, cuando se trata de infraestructuras técnicas como plantas de bombeo, subestaciones eléctricas o torres de telecomunicaciones, la normativa DDU 218/2009 establece exenciones claras para ciertos permisos. ¿Qué ocurre cuando estas excepciones no se respetan? Este artículo analiza ejemplos recientes y cómo resolver estos conflictos.

Beneficios y Problemas Clave:

  • Beneficio Clave: Las exenciones de permisos garantizan la rapidez en proyectos estratégicos como infraestructura energética, sanitaria y de telecomunicaciones.
  • Problema Clave: Algunas DOM desconocen o interpretan incorrectamente la normativa, retrasando proyectos esenciales.

Permítanme contextualizar:

La DDU 218/2009 en Contexto

La División de Desarrollo Urbano del Minvu establece que ciertas infraestructuras, por su naturaleza técnica y estratégica, no requieren permisos de construcción municipales. Estas incluyen:

  • Plantas de bombeo.
  • Subestaciones eléctricas.
  • Torres de telecomunicaciones.

La razón: las DOM no tienen competencias técnicas para evaluar estas obras, y las regulaciones específicas recaen en organismos especializados como la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) o la Comisión Nacional de Energía (CNE).

Ejemplos de Conflictos y Resoluciones

 

1. Exigencia de Permisos para Plantas de Bombeo (Caso de Concepción, 2018):

  • Conflicto: Una DOM exigió permisos de obra para la construcción de una planta de bombeo destinada al manejo de aguas residuales, argumentando que la instalación alteraba el uso del suelo urbano.
  • Resolución: La empresa responsable apeló ante el Minvu, señalando que la DDU 218/2009 exime explícitamente este tipo de infraestructuras de los permisos municipales. El Minvu resolvió a favor de la empresa, ordenando a la DOM abstenerse de solicitar el permiso, pues la planta de bombeo estaba regulada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) y no por la DOM.

2. Subestaciones Eléctricas y DOM (Caso Santiago, 2020):

  • Conflicto: La DOM de una comuna en Santiago rechazó la instalación de una subestación eléctrica, alegando que el proyecto no cumplía con las normas locales de edificación.
  • Resolución: La empresa concesionaria de electricidad llevó el caso a la Corte de Apelaciones, argumentando que las subestaciones eléctricas no requieren permiso de obra bajo la DDU 218/2009. El tribunal falló a favor de la empresa, enfatizando que estas instalaciones están sujetas a regulaciones técnicas específicas de la Comisión Nacional de Energía (CNE).

3. Torres de Telecomunicaciones (Caso Valparaíso, 2019):

  • Conflicto: Una empresa de telecomunicaciones enfrentó la negativa de una DOM para instalar una torre de transmisión, citando la supuesta incompatibilidad del proyecto con el plan regulador de la comuna.
  • Resolución: El Minvu intervino y aclaró que, bajo la DDU 218/2009, las infraestructuras de telecomunicaciones se entienden como admitidas en cualquier zona, siempre que cumplan con las normativas técnicas aplicables. La empresa pudo proceder con el proyecto sin necesidad del permiso.

4. Infraestructuras Sanitarias en Áreas Residenciales (Caso Antofagasta, 2021):

  • Conflicto: Una comunidad local se opuso a la construcción de un sistema de alcantarillado, argumentando que no contaba con los permisos municipales necesarios.
  • Resolución: La SISS defendió el proyecto, señalando que las obras sanitarias no requieren permisos de la DOM según la DDU 218/2009. Además, se implementaron medidas adicionales para mitigar el impacto ambiental, logrando resolver el conflicto.

3. ¿Cómo Prevenir y Resolver Conflictos?

  • Citación de Normativas Vigentes: Empresas y organismos deben conocer y citar la DDU 218/2009 y otros dictámenes relevantes.

 

  • Intervención del Minvu: Es clave solicitar la mediación del Ministerio cuando surgen interpretaciones erróneas.

 

  • Educación Comunitaria: Explicar a las comunidades por qué estas infraestructuras son estratégicas y están reguladas por normativas específicas.

 

En mi opinión:

El cumplimiento de la DDU 218/2009 no solo agiliza proyectos estratégicos, sino que también fomenta la colaboración entre empresas, comunidades y autoridades.

En FELVAL S.A., ayudamos a resolver conflictos y a cumplir con todas las normativas vigentes. Contáctanos para que tus proyectos se ejecuten de manera segura y eficiente.

 

Claudio Alarcón Arriagada

Abogado/Ingeniero/Auditor

Gerente General de Felval S.A.

www.felval.cl

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